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ARBA, extendió hasta el 31 de diciembre el plazo para adherir a tres moratorias que estaban próximas a vencer y posibilitan que pymes, empresas y otros contribuyentes puedan regularizar deudas tributarias con importantes beneficios.

El segundo se centra en contribuyentes que ejercen actividades afectadas por la pandemia, y comprende deudas de Ingresos Brutos, Automotores e Inmobiliario Básico, tanto en planta urbana edificada como rural, vencidas en 2021.

El tercero se orienta a empresas que actúan como agentes de recaudación.

¿Qué períodos entran en la moratoria?
Impuestos patrimoniales vencidos en 2020
Incluye cuotas impagas de Inmobiliario Básico y Complementario, Automotores y Embarcaciones Deportivas vencidas el año pasado. Brinda quitas de hasta el 100% en multas e intereses. Prevé una financiación de hasta 24 cuotas.

Deudas de 2021 en actividades afectadas por la pandemia
Comprende a los impuestos Ingresos Brutos, Automotores e Inmobiliario Básico, tanto en planta urbana edificada como rural. Además contribuyentes, que hayan tenido caída de ventas o aumentos inferiores al 40% en su facturación, puedan regularizar deudas vencidas este año en hasta 18 cuotas sin interés.

Plan para agentes de recaudación
Permite regularizar deudas provenientes de retenciones y percepciones no efectuadas, no ingresadas o ingresadas fuera de término, de Ingresos Brutos y Sellos, vencidas al 31 de diciembre de 2020, tanto en instancia judicial como prejudicial. Brinda una financiación en hasta 48 cuotas, dependiendo del tamaño de la empresa y el tipo de deuda. Incluye la posibilidad de regularizar intereses, recargos y multas, así como deudas de regímenes anteriores que se encuentren caducos al 31 de diciembre de 2020.