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Muchos contribuyentes dejarán de estar obligados a presentar las declaraciones juradas del impuesto por tener bienes, al 31 de diciembre de 2021, cuyo monto total no supera el nuevo mínimo no imponible de $6.000.000.-

En estos casos, según una respuesta brindada por AFIP, se deberán seguir los siguientes pasos:

• Presentar la DDJJ del periodo donde no se supere el mínimo no imponible, es decir la del año 2021 para este caso particular, la cual vence durante el mes de junio de este año.

• Una vez presentada la DDJJ, se deberá tramitar la baja al 31/12/2021. Esto es porque el sistema no permite las bajas retroactivas.