Novedades

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicio (FAECYS) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC), acordaron adelantar para el mes de agosto el 10,5% de incremento salarial que estaba previsto para enero de 2023.

Con este adelanto, más el estipulado en la paritaria firmada en abril, el aumento para agosto equivale a un 20,5%.

Este adelanto se agregará al 10% de septiembre y 11% de noviembre acordados en abril.

Para el cierre de este año, el salario básico pasará a ser de $139.000 para todos los trabajadores de comercio.

El primer acuerdo salarial de los trabajadores metalúrgicos bajo el CCT 260/75, estableció un incremento del 45% a pagarse en tres tramos, abril, julio y octubre de 2022.

Pero en la revisión salarial anticipada, el gremio metalúrgico acordó con las cámaras de la construcción adelantar a este mes de agosto el tramo previsto para octubre, quedando el cronograma de la siguiente manera:

Abril 2022: 18%
Julio 2022: 15%
Agosto 2022: 12% (estaba prevista originalmente para octubre).
En total, es un 45%, tal como se había acordado en la primera negociación paritaria de 2022.

Pero la negociación de revisión salarial, además de adelantar uno de los tramos, sumó dos nuevos aumentos, según el siguiente cronograma:

Octubre 2022: 10%
Noviembre 2022: 10%

De esta manera, el aumento salarial llegará al 65% en noviembre próximo.

Para todos los casos, la base de cálculo son los salarios vigentes al 31 de marzo 2022 para cada categoría del convenio 260/75.

Queda establecido un pago a cuenta de carácter adicional del impuesto a las ganancias del próximo ejercicio.

Aplica cuando el impuesto determinado del período fiscal 2021 o 2022 fue o sea igual o superior a $100.000.000 (pesos cien millones).

Este monto surge de la última declaración jurada, sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores, siempre que haya sido el impuesto.

Quedan excluidos las personas jurídicas que hubieran obtenido un certificado de exención del impuesto a las ganancias.

Los sujetos que tuvieron un impuesto determinado superior a $100 millones, deben adelantar el 15% y los que superaron los $300 millones, un 25%

El esquema de pagos se implementará de la siguiente manera: las que cerraron el ejercicio económico entre agosto y diciembre del 2021, se paga octubre, noviembre y diciembre; en enero del 2022 se paga noviembre, diciembre y enero del 2022, y así sucesivamente. Los que cerraron en julio de este año, pagan mayo, junio y julio del 2023.