18 Oct IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. FACTURACIÓN Y REGISTRACIÓN. EMISIÓN DE NOTAS DE CRÉDITO Y/O DÉBITO. SE EXTIENDE LA FECHA A PARTIR DE LA CUAL SOLO PUEDE SER REALIZADA POR LOS SUJETOS QUE GENERARON EL COMPROBANTE DE VENTA ORIGINAL
Se extiende al 1/2/2020 la entrada en vigencia de las disposiciones que únicamente permiten emitir notas de crédito y/o débito a los sujetos que generaron el comprobante de venta original. RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4589
BO: 30/09/2019