Novedades

Se extiende hasta el 30/11/2019 la suspensión de la traba de medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas.
Señalamos que la traba de medidas cautelares que fueron afectadas por la suspensión y deban ralizarse a partir del 1/12/2019 serán realizadas en forma progresiva entre los meses de diciembre de 2019 y marzo de 2020. RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4630
BO: 13/11/2019

La AFIP comunica que el telegrama del Correo Argentino por el cual se solicita la realización de un pago por supuesta deuda es falso.

En el mismo sentido, el ente recaudador recuerda que todas sus notificaciones son realizadas al domicilio fiscal electrónico, y advierte que no se realicen pagos sin la generación del VEP.

  1. Las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas locales deberán contar con la con- formidad previa del Banco Central para acceder al mercado de cambios para realizar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas emitidas en el país a partir del 01.11.19 inclusive, cuando tales pagos se originen, en forma directa o indirecta a través del uso de redes de pagos internacionales, en las siguientes operaciones:
    a) la participación en juegos de azar y apuestas de distinto tipo y/o,
    b) la transferencia de fondos a cuentas en Proveedores de Servicios de Pago y/o,
    c) la transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversio- nes radicados el exterior y/o,
    d) la realización de operaciones cambiarias en el exterior y/o,
    e) la adquisición de criptoactivos en sus distintas modalidades.
  2. Establecer en US$ 50 el monto máximo por operación que podrán otorgar las entidades fi- nancieras y otras emisoras de tarjetas de crédito locales como adelantos en efectivo a los tarjetahabientes en el exterior.