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El Banco Central de la República Argentina establece una serie de medidas para que todas las entidades financieras del sistema puedan ofrecer una línea especial de crédito a las micro, pequeñas y medianas empresas a una tasa de interés anual máxima del 24%, con el objetivo de financiar capital de trabajo, como ser pago de sueldos y cobertura de cheques diferidos.

Asimismo, flexibiliza de manera provisoria los parámetros con los que son clasificados los deudores bancarios, añadiendo hasta setiembre de 2020, 60 días de plazo por cada categoría de deudor.
Por otro lado, suspende hasta el 30 de junio la posibilidad de distribución de resultados por parte de las entidades financieras.

SE ENCUENTRA EN ESTUDIO SU REPROGRAMACIÓN

Diversas versiones señalan que el gobierno nacional tiene en estudio postergar algunos vencimientos impositivos y contemplar particularmente la situación de los monotributistas. Ello en el marco de un escenario donde no se descarta profundizar el aislamiento con motivo de la pandemia de coronavirus.

La AFIP mediante la resolución general 4682 fija desde hoy hasta el 31/3/2020, ambas fechas inclusive, un período de feria fiscal extraordinario.

Entre dichas fechas como es habitual no se computarán los plazos procedimentales en materia impositiva, de los recursos de la seguridad social y aduanera.

Señalamos que la presente medida no implica la modificación de los vencimientos de presentación de declaraciones juradas y pago de obligaciones