01 Abr CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE PARA CIRCULACIÓN
Por medio de la decisión administrativa (JGM) 446/2020, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se establece que a partir del 6/4/2020 el instrumento para validar la situación de quienes se encuentren comprendidos dentro de alguna de las excepciones al cumplimiento del aislamiento social obligatorio será el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”. Las autorizaciones para circular que se hubieren emitido en formatos diversos perderán vigencia a partir de la cita fecha.