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El BCRA, mediante la Comunicación A 6950, amplía por 30 días adicionales el plazo para la presentación de cheques comunes o de pago diferido que finalicen durante la vigencia de la emergencia sanitaria dispuesta por el Poder Ejecutivo, que suspende hasta el 30 de abril la obligación de proceder al cierre de cuentas bancarias y la inhabilitación y aplicación de multas establecida en la ley de cheques, hayan sido librados en la Argentina o en el exterior.
En ese aspecto, admite asimismo, una segunda presentación de cheques rechazados por la causal “sin fondos suficientes disponibles en cuenta” y aclara que estas excepciones no son aplicables a ECHEQ.
Por último, establece que las entidades bancarias no podrán cobrar comisiones por el rechazo de cheques.
Por otro lado, a través de la Comunicación C 86958,dispone que los cheques generados por medios electrónicos deben ser creados a favor del mismo librador y que a los fines de su correcta identificación por parte de los usuarios, se debe exhibir el identificador univoco para todo ECHEQ.

Atento a que el Poder Ejecutivo Nacional resolvió prorrogar hasta el 30 de abril de 2020 inclusive, el ejercicio de la opción de repatriación de activos financieros, la Administración Federal de Ingresos Públicos ha decidido prorrogar a su vez hasta el 6 de mayo el vencimiento del pago a cuenta adicional del impuesto sobre los bienes personales para las personas humanas que posean bienes en el exterior sujetos al tributo del periodo fiscal 2019

El Banco Central estableció que a partir del 3 de abril las entidades financieras abrirán sus sucursales los días hábiles bancarios, en el horario habitual, únicamente para la atención de beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), o beneficiarios de planes o programas de ayuda de la ANSeS u otro ente.

En tanto, se fijaron nuevas pautas respecto de la operatoria a través de SIOPEL, la determinación de saldos impagos de créditos cuyas cuotas vencen entre el 1 de abril y el 30 de junio, la limitación de la tasa de financiamiento, y la extensión al 13 de abril para la cancelación de tarjetas de crédito y las operaciones que pueden realizar las sociedades de garantía recíproca.