Novedades

Mediante la Resolución General 4759 AFIP, que será publicada en los próximos, días extiende los plazos para la presentación de los distintos formularios obligados a presentar en el marco de los nuevos regímenes de información creados por dicha normativa.

Además, se establecen cambios en los medios por los cuales se deben presentar los informes.

Los plazos para la presentación de los distintos formularios se detallan a continuación.

Formulario 2668 y Estudios de Precios de Transferencia:

El formulario de declaración jurada F. 2668 y el Estudio de Precios de Transferencia, correspondientes a los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de abril de 2020, ambas fechas inclusive, deberán presentarse -con carácter de excepción- por los contribuyentes o responsables, en las siguientes fechas:

De diciembre de 2018 a noviembre de 2019, en agosto de 2020.
De diciembre de 2019 a abril de 2020, en octubre de 2020.

La AFIP comunicó el cambio de criterio de admisibilidad para los Créditos a Tasa Cero, con el objetivo de ampliar el universo de monotributistas y autónomos que puedan acceder al beneficio.
Se incorporó entre los criterios la evaluación sobre los niveles de facturación electrónica de abril, mayo y junio para determinar cuando los contribuyentes pueden iniciar el procedimiento. Hay tiempo hasta el 31 de julio para iniciar el trámite.

LA AFIP ACTUALIZA EL MONTO MÍNIMO PARA SU EMISIÓN

La AFIP eleva a $146.885 el monto mínimo que obliga a las empresas a emitir Factura de Crédito Electrónica.
El monto se aplica en los comprobantes que se emitan con fecha 3/7/2020 en adelante.