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SE PRORROGA LA FERIA FISCAL AL 25/10/2020

La AFIP prorroga al 25/10/2020 la feria fiscal, manteniéndose la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.
La misma alcanza a las determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras e intimaciones de pago entre otros procedimientos.
Asimismo recordamos que se exceptúa de la feria los procedimientos relacionados con precios de transferencia así como las fiscalizaciones realizadas en función de la información que proporciona la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior y las fiscalizaciones electrónicas que se tramitan íntegramente online.

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4835
BO: 15/10/2020

Ley 27.562″, dispuesto por el art. 59 de la reglamentación de la Moratoria Ampliada 2020.

Los sujetos que adhieran a la Moratoria deberán informar, con carácter de declaración jurada, los socios, accionistas y/o similares, titulares de por lo menos el treinta por ciento (30%) del capital social y/o similar al 26/8/2020.

También los sujetos alcanzados por el requisito de repatriación deberán informar con carácter de declaración jurada, el monto total de los activos financieros situados en el exterior que posean a la misma fecha.