Recursos humanos

Los representantes de la actividad mercantil acordaron el pago del bono de $ 5.000 en cinco cuotas de mil pesos, junto con los salarios de setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2019, y enero de 2020. No obstante, se deja abierta la posibilidad de abonar la asignación no remunerativa en una sola cuota durante el mes de octubre.

Generalización del pago electrónico de obligaciones

Se establece la obligatoriedad de cancelar las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social a través de medios electrónicos de pago, eliminándose la posibilidad de su cancelación en efectivo. 
En tal sentido, se establece la obligatoriedad de cancelar mediante home banking las siguientes obligaciones, a partir del 1/8/2017: 
– Impuesto al valor agregado; 
– Seguridad social empleadores (excepto casas particulares); 
– Saldos de declaraciones juradas de ganancias para personas humanas y de bienes personales; 
– Pagos de cualquier concepto por hasta $ 10. 
Por otra parte, se deberán cancelar mediante home banking, débito automático en cuenta u otros medios electrónicos las siguientes obligaciones: 
* A partir del 1/8/2017: 
– Anticipos de ganancias para personas humanas y de bienes personales; 
– Autónomos categorías II y II´. 
* A partir del 1/1/2018: 
– Autónomos categorías I y I´; 
– Resto de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social. En este caso, podrán ser canceladas por otros medios electrónicos diferentes a home banking en la medida que no existan disposiciones que obliguen a utilizar únicamente este sistema.