Recursos humanos

Les comunicamos que a partir del 01/01/2022 la cobertura de siniestros por COVID-19, se brindará únicamente para los trabajadores de salud y miembros de las fuerzas de seguridad, quedando sin efecto para el resto de los trabajadores.

En consecuencia, aquellas denuncias que ingresen con fecha de primera manifestación invalidante igual o posterior al 01/01/2022 serán rechazadas, dado que a partir de dicha fecha nos encontramos ante una enfermedad considerada de carácter inculpable (no relacionada con el trabajo) excepto las que pertenezcan a las dos actividades ya mencionadas.

Por último, el nuevo importe del FFEP por empleado a partir de Febrero 2022 (DDJJ Enero 2022) pasara a ser de $100 por empleado.

De acuerdo a la Resolución General AFIP N° 3781/15 y su modificatoria Resolución General 4535/2019, los empleadores obligados a utilizar el sistema “Libro de Sueldos Digital” deberán registrar en el servicio “Simplificación Registral” la jurisdicción que corresponda a la autoridad administrativa local en materia del trabajo.

A partir del 1 de noviembre del 2021, los empleadores obligados a presentar la Declaración Jurada de Seguridad Social a través del servicio Libro de Sueldos Digital para poder realizar actualizaciones en el servicio Simplificación Registral, deberán informar la jurisdicción en donde rubrican sus libros de sueldos.