General

De acuerdo a la Resolución General AFIP N° 3781/15 y su modificatoria Resolución General 4535/2019, los empleadores obligados a utilizar el sistema “Libro de Sueldos Digital” deberán registrar en el servicio “Simplificación Registral” la jurisdicción que corresponda a la autoridad administrativa local en materia del trabajo.

A partir del 1 de noviembre del 2021, los empleadores obligados a presentar la Declaración Jurada de Seguridad Social a través del servicio Libro de Sueldos Digital para poder realizar actualizaciones en el servicio Simplificación Registral, deberán informar la jurisdicción en donde rubrican sus libros de sueldos.