Memos

La resolución determina que los vencimientos deberían fijarse a partir de los 60 días de la puesta a disposición de los aplicativos, es decir, a partir del 12 de julio en adelante.
La Justicia ordenó como medida interina y hasta tanto se resuelva la medida cautelar peticionada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la suspensión del vencimiento para la presentación y el pago de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales 2021.

La medida en principio aplica a los profesionales matriculados en el CPCECABA por tratarse de una acción colectiva presentada por el Consejo en defensa de sus matriculados, La medida precautelar es a favor del profesional. La AFIP debería hacerse eco de lo ordenado por la justicia y suspender los vencimientos para los contribuyentes de todo.