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Nuevos planes de facilidades de pagos para cancelar obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30-04-2023.

Se encontrarán alcanzadas por los nuevos planes, las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas- vencidas al 30/04/2023. También se incluye la deuda en discusión administrativa – judicial como así también la incluida en planes caducos hasta la vigencia de la presente resolución general.

Por otra parte, es importante destacar que no se permitirá la refinanciación de planes vigentes y tampoco se podrá incluir deuda proveniente de los vencimientos de ganancias y bienes personales -de personas humanas y sociedades- de diciembre de 2022.

En ninguno de los casos habrá pago a cuenta y las cuotas irán, dependiendo el tipo de sujeto, de 36 a 84 en el caso del plan general de impuestos, de 18 a 36 para los de aportes, de 3 a 12 para el caso de retenciones y percepciones y de 18 a 84 para los planes aduaneros.

También es importante destacar que será condición de caducidad, entre otras, haber realizado operaciones de Contado con Liquidación desde la adhesión del Plan.

A través de la Disposición 4/2023 la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), establece en $217 la suma fija a abonar por cada trabajador con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP) para el devengado del mes de Abril de 2023.
La nueva suma determinada en el artículo precedente se abonará a partir del mes de mayo de 2023.
Servicio Doméstico
La actualización del FFEP, también impacta en la actualización del devengado del mes de abril de 2023 para el pago de la ART de Servicio doméstico, trimestre Abril-Mayo-Junio-2023