19 Dic AFIP – Moratoria fiscal para las pymes
El plan de 120 cuotas es para deudas en IVA, Ganancias, Bienes Personales y otras obligaciones impositivas. En deudas por aportes a la seguridad, podrá ser de 60 cuotas.
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El plan de 120 cuotas es para deudas en IVA, Ganancias, Bienes Personales y otras obligaciones impositivas. En deudas por aportes a la seguridad, podrá ser de 60 cuotas.
Se extiende hasta el 31/12/2019 la suspensión de embargos y otras medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas y para aquellos que se encuentren caracterizados en el Sistema Registral como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II.
Señalamos que la traba de medidas cautelares que fueron afectadas por la suspensión y deban realizarse a partir del 1/1/2020 serán realizadas en forma progresiva entre los meses de enero de 2020 y abril de 2020.
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4638 – BO: 29/11/2019
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) postergó las fechas de entrada en vigencia del régimen de retención de los impuestos al valor agregado (IVA) y a las Ganancias en los pagos y cobranzas electrónicas, a través de la resolución general 4636/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial.