Impuestos

Se prorrogan las fechas de vencimiento para la presentación y pago del tercer anticipo de los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos, cuyo vencimiento operaba entre los días 20/4/2020 y 4/5/2020, según la terminación de la CUIT del contribuyente, hasta el mes de mayo de 2020, operando los nuevos vencimientos entre los días 4/5/2020 y 15/5/2020.
De igual manera, se prorroga el plazo para realizar la presentación de la declaración jurada anual del año 2019, que pasa al mes de junio de este año. RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 16/2020 – BO (Buenos Aires): 01/04/2020

Se prorroga hasta el 30/4/2020 la fecha prevista para realizar la repatriación de bienes por el periodo fiscal 2019.
Asimismo, se establece que no será procedente la aplicación de la alícuota adicional por bienes en el exterior cuando los fondos y los resultados, derivados de inversiones obtenidas antes del 31 de diciembre del año calendario en que se hubiera verificado la repatriación, se afectaran a cualquiera de los destinos previstos para los bienes repatriados.
En otro orden, señalamos que no se ha prorrogado la fecha prevista para el pago a cuenta por bienes en el exterior. DECRETO (Poder Ejecutivo) 330/2020 BO (Nacional): 01/04/2020

A través de la Resolución publicada el 1 de abril de 2020, se establece la derogación de la Resolución Nº219/20, la cual comenzará a regir desde la entrada en vigor de la Resolución N° 219 de fecha 20 de marzo de 2020 del Ministerio de trabajo, Empleo y Seguridad Social, y mientras dure la emergencia sanitaria impuesta con el fin de proteger la salud pública.

A efectos de lo mencionado anteriormente las liquidaciones no tendrán conceptos no remunerativos, ni habrá beneficio en las reducciones de cargas sociales.