Impuestos

Según información de medios periodísticos la AFIP habría indicado que a partir de la semana que viene va a estar disponible la consulta en la página web del Organismo sobre quien se encuentra alcanzado por el crédito tasa cero.
El Monotributista o Autónomo que quiera tramitar el préstamos deberá realizar la consulta en la página web de la AFIP con clave fiscal y se habilitaría una solapa con la inscripción Créditos Tasa Cero y allí se informaría si el contribuyente califica o no para obtener el crédito y el monto del mismo. Luego el contribuyente indicará cuanto quiere de ese monto máximo informado, ingresará su CBU y los últimos dígitos de la tarjeta de crédito. Posteriormente la AFIP enviará dicha información al Banco Central para terminar con la tramitación del Crédito Tasa Cero

A través de la Decisión Administrativa 591/2020, la Jefatura de Gabinete de Ministros fijó los requisitos para poder acceder el crédito a tasa cero previsto en el Decreto 332/2020 para monotributistas:

  • Estar inscripto dentro de cualquier categoría del monotributo
  • No estar alcanzados por el Ingreso Familiar Extraordinario – Decreto 310/2020
  • No prestar servicios al Estado
  • No trabajar en relación de dependencia
  • No ser beneficiario de una jubilación
  • No podrán acceder al mercado único y libre de cambios
  • Que el monto de la facturación electrónica del periodo comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 no haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto minimo de la categoría en la que se encuentre registrado.

Al día de la fecha no se han indicado aclaraciones para el caso de autónomos, ni tampoco acerca de la forma de acceder al crédito.