Impuestos

Por el plazo de 60 días corridos, que aquellos exportadores que se encuentren inscriptos en el Registro de Empresas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs)- y presenten incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o de la seguridad social ante esta Administración Federal, podrán utilizar la garantía “Declaración jurada del exportador”, en los términos del apartado II del Anexo II de la Resolución General Nº 3.885.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires extendió hasta el 31 de julio próximo la vigencia del plan de regularización de deudas destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, que vencía el 31 de mayo.
Recordamos que el citado régimen de facilidades, contempla la quita total de intereses, multas y punitorios y abarca deudas vencidas al 31 de diciembre de 2019 -tanto en estado judicial como prejudicial-.

Mediante esta resolución, la AFIP establece que hasta el 30 de junio 2020 se otorgará nivel de seguridad 3 a las claves fiscales que se blanqueen por medio de los cajeros automáticos de las entidades bancarias, como consecuencia de no poder realizar los blanqueos de otra forma por el ASPO.

Posteriormente, se deberá realizar la presentación en forma personal en la agencia donde se encuentre inscripto, para realizar el registro de datos biométricos.

Lo mismo sucederá personas humanas que requieran acreditar su carácter de apoderados de personas humanas o representantes de personas jurídicas.