Impuestos

Se dieron a conocer las tasas de interés de la AFIP aplicables al tercer trimestre del 2020 con una leve suba de un cuarto de punto porcentual.

El aumento se da en el marco de la aplicación de lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda mediante la Resolución 598/2019 (MH).

En efecto, las tasas correspondientes al trimestre julio-septiembre 2020 vienen con un leve aumento teniendo en cuenta que hasta el 30/6/2020 se ubicaban en el 2,5% para los resarcitorios y en el 3,08% para los punitorios, señala el Blog del Contador.

Las nuevas tasas aplicables son las segundas mas bajas del año y también las segundas mas bajas en mas de diez años.

La menor suba evidenciada es prácticamente nula teniendo en cuenta la fuerte baja que se produjo desde abril cuando tuvieron una reducción de más del 50% en comparación con las dispuestas para el último trimestre del año pasado cuando superaron el 5% mensual.

Recordamos que la Resolución 598/2019 (MH) estableció que la tasa de interés resarcitorio mensual vigente en cada trimestre calendario, será la efectiva mensual equivalente a 1,2 veces la tasa nominal anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco de la Nación Argentina vigente el 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido trimestre.

En tanto la tasa de interés punitorio mensual será la efectiva mensual equivalente a 1,5 veces la tasa nominal anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco de la Nación Argentina vigente el 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido trimestre.

Asimismo, la mencionada resolución facultó a la AFIP a publicar las referidas tasas de interés al inicio de cada trimestre calendario en el sitio web del organismo.

El Régimen de información sobre Participaciones Societarias junto con el de Rentas Pasivas del año 2019 debe presentarse entre los días 28 al 30 de octubre 2020 -según la terminación del dígito verificador de la CUIT del responsable- A fin del mes de julio vence el régimen de información de Rentas Pasivas para los años 2016, 2017 y 2018. -Según RG (AFIP) 4697 (BO: 15/4/2020) –

El detalle de las fechas de vencimiento es el siguiente:

PARTICIPACIONES SOCIETARIAS: INFORMACIÓN AL 31/12/2019 Y RENTAS PASIVAS: AÑOS 2016 – 2017 – 2018 Y 2019
CUIT (TERMINACIÓN ÚLTIMO DÍGITO VERIFICADOR) FECHA DE VENCIMIENTO
0-1-2-3 28/10/2020
4-5-6 29/10/2020
7-8-9 30/10/2020

Destacamos que para el año calendario 2021 y siguientes los vencimientos operarán como es habitual durante el mes de julio de cada año.

Se prorroga al 31/7/2020 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente con relación a los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.
Recordamos que con la presente medida las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo I pueden acceder hasta un máximo de 10 planes de facilidades de pago y el resto de contribuyentes pueden acceder hasta un máximo de 6 planes de pago.

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4744
BO: 27/06/2020