Impuestos

AFIP extiende nuevamente el beneficio de no considerar el SIPER para el Mini Plan de Ganancias.

Con carácter de excepción y hasta el 31 de enero de 2022, las obligaciones del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales se podrán regularizar en hasta 3 cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en la RG 4057, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” en la que dichos sujetos se encuentren incluidos -siempre que se trate de las Categorías A, B, C o D-.

El beneficio solo consiste en no considerar el SIPER, no extiende las fechas para adherir al Plan.

AFIP extiende nuevamente el beneficio de no considerar el SIPER para el Mini Plan de Ganancias.

Con carácter de excepción y hasta el 31 de enero de 2022, las obligaciones del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales se podrán regularizar en hasta 3 cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en la RG 4057, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” en la que dichos sujetos se encuentren incluidos -siempre que se trate de las Categorías A, B, C o D-.

El beneficio solo consiste en no considerar el SIPER, no extiende las fechas para adherir al Plan.

Se extienden las suspensiones en el Régimen Simplificado de monotributo para la exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago hasta el 3 de enero de 2022, del procedimiento referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General Nº 4.309, su modificatoria y sus complementarias, y todo otro proceso sistémico vinculado al encuadre y categorización de los pequeños contribuyentes.