Impuestos

ARBA – Agentes de Recaudación

 

De acuerdo con lo establecido en la RN N°118/2023, a partir del 1° de julio los nuevos montos mínimos establecidos a partir de los cuales las operaciones y pagos quedan sujetos a percepción a retención serán los siguientes:

  • Percepción: montos iguales o superiores a la suma de TRES MIL QUINIENTOS PESOS ($3.500)
  • -Retención: montos iguales o superiores a la suma de DIECINUEVE MIL PESOS (19.00)

 

Mediante la RG Nº 5362, la AFIP actualizó los montos a partir de los cuales se deben informar las operaciones de compraventa de automotores y moto vehículos.

También se actualizó el piso para solicitar Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) y el Código de oferta de transferencia de inmuebles (COTI). Y se estableció un mecanismo de actualización anual de los valores.

Las operaciones deben ser informadas cuando el precio de transferencia pactado o el valor consignado en la tabla de valuaciones para el cálculo de aranceles utilizada por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (DNRNPAyCP), el mayor de ellos sea igual o superior a los nuevos valores indicados.

CETA

El Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) deberá obtenerse cuando el precio pactado para la transferencia o, de existir, su valor según la tabla de valuaciones ya mencionada, para el cálculo de aranceles, el mayor de ellos resulte igual o superior a $ 4.500.000 (antes, este piso se ubicaba en $ 2.400.000).

Operaciones inmobiliarias

El Código de oferta de transferencia de inmuebles (COTI), por su parte, deberá ser obtenido cuando el precio consignado o la base imponible fijada para el pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares, o del impuesto de sellos que graven la transmisión de este o el valor fiscal vigente del inmueble de que se trate —cualquiera de dichos valores—, resulte igual o superior a $ 9.400.000, monto que hasta ahora estaba finado en $ 5.000.000.

Desde 2024, la actualización será de forma anual.

Estas disposiciones entrarán en vigor el 1 de junio de 2023, inclusive.