General

LAS PERCEPCIONES RECAUDADAS EN EL REGIMEN DE GENERAL PERCEPCIÓN SE INGRESARÁN EN FORMA MENSUAL

 

Se modifica la forma de ingreso de los importes recaudados en el regimen general de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos.

Los importes percibidos deberán ser ingresados, mediante un único pago, en el mes siguiente y hasta el día establecido en el calendario para el vencimiento de las obligaciones fiscales que, a tal efecto, aprueba anualmente la Agencia de Recaudación.

La AFIP habilitó la adhesión a la ampliación de la moratoria 2020. La misma destacó que pymes, comerciantes, profesionales, grandes empresas, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro podrán regularizar sus deudas en hasta 120 cuotas.

PROGRAMA DE ASISTENCIA AL TRABAJO. CRÉDITO A TASA SUBSIDIADA AGOSTO 2020. REGLAMENTACIÓN

La AFIP determina la forma y requisitos para que las empresas accedan al beneficio de “Crédito a Tasa Subsidiada” correspondiente al mes de agosto.
El acceso al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, estará disponible en las fechas que seguidamente se indican, según se trate de:
a) Empresas en cuya nómina no cuenten con trabajadores con pluriempleo: desde hoy y hasta el 18 de septiembre de 2020, ambas fechas inclusive.
b) Empresas que registren en su nómina trabajadores con pluriempleo: desde el 15 de septiembre de 2020 hasta el 18 de septiembre de 2020, ambas fechas inclusive.

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4813
BO (Nacional): 11/09/2020