General

En el día de ayer se aprobó el proyecto de reforma de los impuestos de referencia por lo que damos a conocer sus principales medidas:

Ganancias:
– Eximición del Impuesto a las Ganancias a trabajadores que cobren hasta $150.000.
– Eximición del Impuesto a las Ganancias a jubilados que perciban hasta 8 haberes mínimos.
– Nuevas deducciones para trabajadores que cobren entre $150.000 y $173.000.
– Incremento en deducciones.

Aplicación: tendrá carácter retroactivo al 01/01/2021

Monotributo
– Actualización de topes de categorías
– Para casos cuya facturación haya superado el límite mas alto del régimen hasta un 25% se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el 2021

Aplicación: a partir de la fecha de publicación

Al día de la fecha no ha publicado su reglamentación.

Aquellos contribuyentes que no se encuentren en la categoría E del SIPER podrán regularizar el saldo de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2020 por medio del mini plan hasta el 30/9/2021, en hasta 3 cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin importar la categoría de SIPER en la cual se encuentre caracterizado el contribuyente. Las presentes adecuaciones estarán disponibles en el sistema Mis Facilidades a partir del próximo lunes.

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4959
BO: 08/04/2021