General

 

Según lo dispuesto por la ley impositiva 2022 en su artículo 132 donde enuncia

“Exímese del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a aquellos contribuyentes que se encuentren incluidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) MONOTRIBUTO (…)

El beneficio previsto alcanzará, exclusivamente, a aquellos contribuyentes cuya inscripción en el impuesto sobre los Ingresos Brutos en esta jurisdicción se formalice durante el año 2022, y abarcará un período de doce (12) meses y será otorgado de oficio.

Quedaran excluidos de este beneficio aquellos contribuyentes que hayan formalizado su cese en el impuesto sobre los Ingresos Brutos durante diciembre de 2021 o durante el ejercicio fiscal 2022, en forma previa a una nueva inscripción en el tributo en este último ejercicio”.