14 Feb IGJ – Objeto social múltiple
La Inspección General de Justicia, a través de la resolución general 2/2024 modifica la resolución general 7/2015 en lo que respecta a su objeto social, permitiendo que el mismo pueda ser conformado por un conjunto de categorías de actos jurídicos indicadas de manera precisa y determinada, sin necesidad de que las mismas sean conexas o guarden relación entre ellas.
Asimismo deroga el artículo 68 de la RG (IGJ) 7/2015 que exigía una cifra de capital social inicial superior a la dispuesta por la ley 19.550 en virtud de la naturaleza o las características de las actividades comprendidas en el objeto social.