Author: Palazzo

La resolución (MTESS) 219/2020 señala que a partir de la declaración del aislamiento social, preventivo y oblitatorio, las remuneraciones de los trabajadores que no presten servicios -ni de manera presencial por no considerarse su actividad esencial, ni en forma remota- percibirán su salario normal y habitual pero con carácter no remunerativo, ingresando solamente los aportes y contribuciones a los subsistemas del seguro de salud y de la Ley 19.032 (INSSJP).

El Ministerio de Trabajo comunica que el próximo lunes 30 de marzo no será feriado, como había señalado el presidente Alberto Fernández a la prensa, pero continua la prohibición de concurrir a lugares de trabajo en el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesto por el DNU 297/2020.
Además, recordamos que el mismo decreto trasladó el feriado del día 2 de abril -feriado por la Guerra de Malvinas- al martes 31 de marzo.

Varias entidades pusieron en marcha las líneas impulsadas por el Banco Central para asegurar que las mipymes puedan acreditar los sueldos de marzo.

Como parte de las medidas de alivio para las pymes en medio de la cuarentena obligatoria, el Banco Central (BCRA) impulsó a las entidades financieras a ofrecer líneas de crédito para capital de trabajo con tasa máxima de 24% y por un plazo de hasta 180 días.