Author: Palazzo

A través de la Resolución publicada el 1 de abril de 2020, se establece la derogación de la Resolución Nº219/20, la cual comenzará a regir desde la entrada en vigor de la Resolución N° 219 de fecha 20 de marzo de 2020 del Ministerio de trabajo, Empleo y Seguridad Social, y mientras dure la emergencia sanitaria impuesta con el fin de proteger la salud pública.

A efectos de lo mencionado anteriormente las liquidaciones no tendrán conceptos no remunerativos, ni habrá beneficio en las reducciones de cargas sociales.

Se impide las desvinculaciones hasta junio y pone $30.000 millones para auxiliar a los sectores medianos y pequeños.
Con un trámite express y con una publicación extraordinaria casi de madrugada del Boletín Oficial, el Gobierno finalmente decidió prohibir los despidos de personal durante los próximos 30 días.

Es decir que las empresas no podrán reducir personal por lo menos hasta junio próximo, tal como se informa en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), firmado por el presidente Alberto Fernández en el marco de la emergencia sanitaria para combatir el coronavirus.

Se suspenden las ejecuciones hipotecarias y el valor de cuotas de créditos hipotecarios hasta el 30 de setiembre de 2020. La medida de congelamiento se aplicará a las cuotas mensuales de los créditos prendarios actualizados por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).

También se suspenden desalojos por falta de pago de alquileres, se prorrogan contratos y se congelan precios de alquileres hasta el 30 de setiembre.