Author: Palazzo

Atento a que el Poder Ejecutivo Nacional resolvió prorrogar hasta el 30 de abril de 2020 inclusive, el ejercicio de la opción de repatriación de activos financieros, la Administración Federal de Ingresos Públicos ha decidido prorrogar a su vez hasta el 6 de mayo el vencimiento del pago a cuenta adicional del impuesto sobre los bienes personales para las personas humanas que posean bienes en el exterior sujetos al tributo del periodo fiscal 2019

El Banco Central estableció que a partir del 3 de abril las entidades financieras abrirán sus sucursales los días hábiles bancarios, en el horario habitual, únicamente para la atención de beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), o beneficiarios de planes o programas de ayuda de la ANSeS u otro ente.

En tanto, se fijaron nuevas pautas respecto de la operatoria a través de SIOPEL, la determinación de saldos impagos de créditos cuyas cuotas vencen entre el 1 de abril y el 30 de junio, la limitación de la tasa de financiamiento, y la extensión al 13 de abril para la cancelación de tarjetas de crédito y las operaciones que pueden realizar las sociedades de garantía recíproca.

Por medio de la decisión administrativa (JGM) 446/2020, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se establece que a partir del 6/4/2020 el instrumento para validar la situación de quienes se encuentren comprendidos dentro de alguna de las excepciones al cumplimiento del aislamiento social obligatorio será el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”. Las autorizaciones para circular que se hubieren emitido en formatos diversos perderán vigencia a partir de la cita fecha.