Author: Palazzo

Como consecuencia de la emergencia sanitaria, la AFIP exceptúa transitoriamente del régimen de percepción del impuesto al valor agregado a la importación de insumos médicos críticos para evitar la propagación del coronavirus, por un plazo de 60 días.
Señalamos que dicha excepción alcanza a insumos como ser: alcohol, desinfectantes, mascarillas de tela, aparatos respiratorios, gorros, guantes, entre otros.

La medida que dictaminó el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires rige a partir de mañana, miércoles 15 de abril, en la cual se establece el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público y en medios de transporte público en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Se prorroga el plazo para la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto sobre los ingresos brutos, EXCLUSIVAMENTE CONTRIBUYENTES LOCALES DE CABA (NO APLICA A LOS INSCRIPTOS EN CONVENIO MULTILATERAL), correspondiente al anticipo 3/2020, hasta los días 27/4/2020 y el 4/5/2020 dependiendo de la finalización del número de la CUIT del contribuyente.
Recordamos que el plazo original para la presentación y el pago del referido anticipo operaban entre los días 13 y 17 de abril de 2020.