Author: Palazzo

A través de la Decisión Administrativa 591/2020, la Jefatura de Gabinete de Ministros fijó los requisitos para poder acceder el crédito a tasa cero previsto en el Decreto 332/2020 para monotributistas:

  • Estar inscripto dentro de cualquier categoría del monotributo
  • No estar alcanzados por el Ingreso Familiar Extraordinario – Decreto 310/2020
  • No prestar servicios al Estado
  • No trabajar en relación de dependencia
  • No ser beneficiario de una jubilación
  • No podrán acceder al mercado único y libre de cambios
  • Que el monto de la facturación electrónica del periodo comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 no haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto minimo de la categoría en la que se encuentre registrado.

Al día de la fecha no se han indicado aclaraciones para el caso de autónomos, ni tampoco acerca de la forma de acceder al crédito.

La entidad informa que a partir del 22 de abril atenderá al público en la sede central, de lunes a viernes de 10.00 a 15:00 horas con turno previo.
?Solo se podrán iniciar 3 expedientes por turno y se mantienen suspendidos los trámites urgentes. Dentro de los trámites habilitados se encuentran:?

  • La inscripción de cambio de sede y renovación de autoridades de sociedades, asociaciones civiles y fundaciones, ?
    • Constitución y reforma de estatutos, inscripción de sucursales y filiales extranjeras, designación de representantes, denuncias relacionadas a capitalización y ahorro, contestación de vistas y retiro de trámites y presentación de oficios urgentes para aquellas sociedades que prestan servicios considerados esenciales durante la emergencia sanitaria.