Author: Martin

El Ministerio de Trabajo fijó el plazo de inscripción entre los días 23 y 29 de julio inclusive.

Se establecen las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección de acuerdo al siguiente detalle:

a) Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: Junio de 2019 y Junio de 2021.

b) Alta de empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.

c) Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Mayo 2021.

d) Corte de actualización de bajas de nómina: 22 de Julio.

e) Corte de actualización CBU: 22 de Julio inclusive

La AFIP ha diferido el plazo de recategorización con vigencia del 28 de Julio al 17 de Agosto ambas fechas inclusive.

Dicha recategorización tendrá efectos para el periodo comprendido entre el 1 de Agosto del 2021 al 31 de Enero del 2022.

La obligación de pago mensual del mes de Agosto 2021 se podrá efectuar hasta el día 27 de Agosto inclusive.