Author: Martin

Se dispone a partir del 3 de enero de 2022, como medio principal para las comunicaciones en la tramitación de expedientes ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral, el “Sistema de Notificaciones por Medios Electrónicos” aprobado por la Resolución C.P. N° 8/2018 y modificatorias.

A partir de la aplicación de la presente, los municipios, contribuyentes y asociaciones reconocidas deberán, en la primera presentación ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral, constituir domicilio electrónico, denunciando la CUIT respectiva, debiendo estar habilitada al tiempo de dicha constitución, y tener dado de alta el servicio “Convenio Multilateral-SIFERE WEB Consultas”.

Cada representante de las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral tendrá un código de usuario y una clave otorgada por la Comisión Arbitral para uso del Sistema de Notificaciones por Medios Electrónicos. El código de usuario es el domicilio electrónico, que será utilizado por el representante de la jurisdicción para constituir domicilio electrónico en los expedientes en los que intervenga y en donde se notificará de todos los actos procesales. Dichas notificaciones serán enviadas desde la Comisión Arbitral en días y horas hábiles.

Las remuneraciones brutas menores a $225.937 no pagarán el impuesto a las ganancias en el año 2022.

El incremento de las remuneraciones alcanzadas por el impuesto también se aplica para los salarios brutos mensuales de entre $225.937 y $260.580.

También se exime del pago del SAC a los empleados cuya remuneración promedio mensual del primer semestre no supere los $225.937.

Asimismo, se confirma la actualización del mínimo no imponible, el cual en 2022 pasa a ser de $252.654,84 anual. Y las deducciones por cónyuge e hijos pasarán a $235.457,25 y $118.741,97, respectivamente. En el caso de hijos discapacitados la deducción ascienda a $237.483,94.