Author: Martin

Se fija la fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual de las sociedades por acciones (SA) inscriptas en la Inspección General de Justicia el día 4 de diciembre de 2020.

Asimismo, se determina que la multa por falta de pago en termino será la prevista en la decisión administrativa (IGJ) 46/2001

 

Se extiende el plazo para que los fideicomisos presenten las declaraciones juradas informativas anuales.
La fecha de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas informativas anuales de los fideicomisos se extiende hasta fines de octubre. La decisión alcanza tanto a los fideicomisos constituidos en el país como aquellos del exterior.

El régimen informativo para los fideicomisos locales y los “trusts” constituidos en el exterior requiere el reporte de un conjunto de datos referidos a los sujetos que figuran como fiduciantes, fiduciarios y beneficiarios, entre otros ítems.

Las declaraciones juradas informativas para los fideicomisos financieros y no financieros correspondientes al período fiscal 2019 deberán presentarse en las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican a continuación:

Terminación CUIT Fecha del vencimiento

0, 1, 2 y 3 Hasta el día 28 de octubre de 2020, inclusive

4, 5 y 6 Hasta el día 29 de octubre de 2020, inclusive

7, 8 y 9 Hasta el día 30 de octubre de 2020, inclusive

Mediante la Resolución General 4759 AFIP, que será publicada en los próximos, días extiende los plazos para la presentación de los distintos formularios obligados a presentar en el marco de los nuevos regímenes de información creados por dicha normativa.

Además, se establecen cambios en los medios por los cuales se deben presentar los informes.

Los plazos para la presentación de los distintos formularios se detallan a continuación.

Formulario 2668 y Estudios de Precios de Transferencia:

El formulario de declaración jurada F. 2668 y el Estudio de Precios de Transferencia, correspondientes a los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de abril de 2020, ambas fechas inclusive, deberán presentarse -con carácter de excepción- por los contribuyentes o responsables, en las siguientes fechas:

De diciembre de 2018 a noviembre de 2019, en agosto de 2020.
De diciembre de 2019 a abril de 2020, en octubre de 2020.