Author: Martin

La AFIP confirmó los topes para las operaciones en billeteras virtuales como Mercado Pago, Ualá y otras en julio de 2024, manteniendo los montos de junio. El organismo regulador establece que los usuarios podrán mantener hasta $700.000 en sus billeteras virtuales sin necesidad de que estas transacciones sean informadas a la AFIP. De tratarse de montos expresados en moneda extranjera, moneda digital o criptomoneda, deberá efectuarse la conversión a su equivalente en la cotización oficial.
Además, los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), conocidos como billeteras virtuales, deben informar a la AFIP sobre las transferencias de sus usuarios solo cuando los ingresos o egresos mensuales igualan o superan los $400.000. En el caso de las transferencias o ingresos superiores a $1.400.000, el banco o billetera virtual deberá informar el tipo de transferencia (bancaria o virtual), la CBU o CVU utilizado y el monto transferido en pesos.