Author: giselle tarrico

Trabajo y Previsión Social. Salario mínimo, vital y móvil. Prestación por desempleo, ley 24013. Incremento progresivo a partir del 1 de julio de 2017

Se fija el salario mínimo, vital y móvil para todos los trabajadores comprendidos en la ley de contrato de trabajo (t.o. 1976), los de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador, excluidas las asignaciones familiares, de acuerdo con la siguiente escala:
a) A partir del 1/7/2017, en $ 8.860 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 44,30 por hora para los trabajadores jornalizados.
b) A partir del 1/1/2018, en $ 9.500 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 47,50 por hora para los trabajadores jornalizados.
c) A partir del 1/7/2018, en $ 10.000 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 50 por hora para los trabajadores jornalizados.
Asimismo, se incrementan los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, conforme a lo normado por el artículo 135, inciso b), de la ley 24013, fijándose las sumas siguientes:
a) A partir del 1/7/2017, en $ 2.061 y $ 3.297,60.
b) A partir del 1/1/2018, en $ 2.209,80 y $ 3.535,68.
c) A partir del 1/7/2018, en $ 2.326,03 y $ 3.721,65.

RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. IMPUESTO A LAS GANANCIAS. SE SUSTITUYE EL SERVICIO “RÉGIMEN SIMPLIFICADO GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS” POR EL SERVICIO “GANANCIAS PERSONAS HUMANAS – WEB”

Se habilita en la página web de la AFIP el servicio informático con clave fiscal “Ganancias Personas Humanas – Web”, a fin de que los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados, beneficiarios de otras rentas y los actores que perciban sus retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores puedan presentar, en caso de corresponder, la declaración jurada informativa con el total de sus ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, según lo dispuesto por la resolución general (AFIP) 4003-E.

En este orden, se reemplaza el servicio “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas” por el mencionado servicio “Ganancias Personas Humanas – Web”.

Por último, señalamos que el nuevo servicio podrá ser utilizado para confeccionar la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2016 y, en caso de necesitar presentar los períodos fiscales 2012 a 2015, las mismas deberán confeccionarse utilizando el servicio “Mis Aplicaciones Web”, ingresando a la opción “F.711 – Ganancias Personas Físicas – Régimen Simplificado”.

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4079-E

 

RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. RÉGIMEN DE RETENCIÓN SOBRE RENTAS DE TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA Y OTROS. PROCEDIMIENTO OPCIONAL PARA EL CÁLCULO DE LA RETENCIÓN CORRESPONDIENTE AL SAC PARA EL PERÍODO FISCAL 2017

Se establece un procedimiento opcional para el cálculo de la retención correspondiente al sueldo anual complementario para el período fiscal 2017, respecto de los agentes de retención que al 8/6/2017 no hubieran adicionado las doceavas partes a la ganancia bruta de cada uno de los meses transcurridos del período fiscal 2017 en concepto de SAC.

En tal sentido, los mismos, y con carácter excepcional, podrán optar por alguna de las siguientes alternativas:

– Adicionar las doceavas partes en concepto de SAC de los meses transcurridos proporcionalmente en el cálculo de la determinación del importe a retener de los meses que resten hasta la finalización del período fiscal 2017, siguiendo el mismo procedimiento respecto de las deducciones a computar por dicho período;

– Adicionar las aludidas doceavas partes en la primera liquidación que se efectúe con posterioridad al 8/6/2017, calculando la retención según el procedimiento general para el cálculo de la misma;

– En el mes en que se pague la primera cuota del SAC, efectuar la determinación de la retención por el importe realmente abonado por dicho concepto, y en los meses posteriores, continuar con el procedimiento de adicionar la doceava parte del SAC a la ganancia bruta de tales meses, así como la detracción de la doceava parte de las deducciones respectivas.

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos Nacional) 4065-E

RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. APORTES Y CONTRIBUCIONES. DECLARACIONES JURADAS RECTIFICATIVAS. MODIFICACIÓN DEL PLAZO PARA SOLICITAR LA CONVALIDACIÓN DE SALDOS A FAVOR DEL EMPLEADOR

Se extiende a 12 meses el plazo para fundamentar las razones que dan origen a la presentación de las declaraciones juradas rectificativas de aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social mediante las cuales se reduzcan los montos de dichas obligaciones.

La presente normativa entra en vigencia a partir del 8 de junio de 2017.

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4066-E

Prorrogarán los vencimientos nuevamente, pero solo para la presentación de la DDJJ

La AFIP dispuso prorrogar hasta el 14 de julio, inclusive, la presentación de las declaraciones juradas de ganancias y bienes personales para personas humanas, pero manteniendo las fechas originales para el ingreso del impuesto.
La prórroga será publicada próximamente en el Boletín Oficial, y el calendario de vencimientos queda reprogramado con las siguientes fechas:

Terminación CUIT Fecha de pago Fecha de presentación
0, 1, 2 y 3 Hasta el 23/6/2017, inclusive Hasta el 14/7/2017, inclusive
4, 5 y 6 Hasta el 26/6/2017, inclusive
7, 8 y 9 Hasta el 28/6/2017, inclusive

Señalamos que no ha trascendido información respecto a cómo proceder en estos casos para solicitar los planes de facilidades de pago del saldo resultante de las declaraciones juradas -RG (AFIP) 4057-.
Por otra parte, se decidió prorrogar hasta el 21 de julio, inclusive, la presentación de la declaración jurada informativa de ganancias y bienes personales para empleados, jubilados, pensionados y otros sujetos que se encuentran obligados por haber obtenido ingresos brutos anuales superiores a $ 500.000 durante el año 2016.