08 May 2026
IGJ | Vigencia del directorio sin inscripción
Posted at 17:08h
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La Inspección General de Justicia ha adoptado un criterio interpretativo relevante en materia societaria, estableciendo que la designación de los miembros del directorio resulta plenamente válida y vigente desde la aceptación del cargo, sin que la inscripción registral constituya un requisito para su eficacia interna.
En este sentido, la registración ante el organismo mantiene su carácter obligatorio, pero su efecto se circunscribe principalmente a la oponibilidad frente a terceros, sin condicionar la validez del órgano de administración en el ámbito societario.