BCRA – APERTURA DE BANCOS A PARTIR DEL 13 DE ABRIL
El Banco Central de la República Argentina, a través de la Comunicación A 6958, dispone que las entidades financieras, las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y compra y otros proveedores no financieros de crédito, deberán abrir para la atención al público en general, durante la semana del 13 al 17 de abril, pero sin acceso a las cajas y según un cronograma que depende de la terminación del DNI o dígito verificador del CUIT y con turno previo acordado por medios electrónicos.
Los turnos se solicitaran, a partir del 8 de abril, a través de home banking, líneas de teléfono o mail –según lo que habilite cada banco- y deberá presentarse su comprobante para el ingreso a la sucursal. Este comprobante servirá asimismo como permiso de circulación.
La atención de clientes que sean beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o de aquéllos cuyo ente administrador corresponda a jurisdicciones provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será conforme al cronograma que difunda la ANSES o que el correspondiente ente administrador establezca, no siendo necesaria la obtención de turno.
Las casas de cambio no podrán atender al público en sus sucursales. Sin embargo podrán operar en el mercado cambiario entre ellas, con entidades financieras y con clientes en forma remota.