AFIP – IMPUESTO A LAS GANANCIAS. RENTA DEL TRABAJO PERSONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. SE EXTIENDE HASTA EL 30/4 LA PRESENTACIÓN DEL F. 572 WEB SIRADIG ANUAL Y HASTA EL 29/5/2020 LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL POR PARTE DEL EMPLEADOR

AFIP – IMPUESTO A LAS GANANCIAS. RENTA DEL TRABAJO PERSONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. SE EXTIENDE HASTA EL 30/4 LA PRESENTACIÓN DEL F. 572 WEB SIRADIG ANUAL Y HASTA EL 29/5/2020 LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL POR PARTE DEL EMPLEADOR

Se extiende hasta el 30/4/2020, la posibilidad de los trabajadores en relación de dependencia, actores y otros de presentar, a través del F. 572 Web SIRADIG, la información correspondiente a las deducciones y el pluriempleo, en caso de corresponder, referida al año 2019. Como consecuencia de ello, se extiende hasta el 29/5/2020 el plazo para que los agentes de retención efectúen la liquidación anual correspondiente al año 2019, debiendo retener o reintegrar las diferencias que pudieran haberse producido cuando se efectúe el primer pago posterior a dicha fecha o en los siguientes, si no fuera suficiente, y hasta el 10/6/2020, inclusive. Asimismo, se deberá informar e ingresar el referido importe hasta las fechas de vencimiento previstas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de junio de 2020 del SICORE, informándolo en el período mayo de 2020 y consignando como fecha de retención el 29/5/2020.